Por Guillermo Bello Vicentini
Todos los días hablan de elecciones libres en el corto plazo sin antes pensar que grado de libertad podría existir. En materia de viviendas gubernamentales no creo que mucha a pesar de los derechos civiles y políticos que consagra la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela.
– En el capítulo III de los Derechos Civiles, artículo 47: «El Hogar doméstico y todo recinto privado de persona son inviolables…»
– En el capítulo IV de los Derechos Políticos, artículo 63: «El sufragio es un derecho. Se ejercerá mediante votaciones libres, universales, directas y secretas.»
El estado socialista declara el derecho a la vivienda gratuita con sentencia del TSJ en el año 2016 * donde las nuevas viviendas construidas con dinero de todos los venezolanos son asignadas a dedo, sin costo de adquisición ni obligaciones de mantenimiento, servicios, condominio ni impuestos municipales, creando un mecanismo político de control ciudadano que los condena a vivir en el mismo lugar en cadena perpetua, arrimados al régimen, conviviendo a diario con inspectores del partido, funcionarios públicos, consejos comunales, unidades de batalla, comité ultra familiar y/o patriotas cooperantes.
El asignado está consciente que solo posee un «papel de adjudicación» de la vivienda, con cláusulas leoninas y violadoras de la Constitución y los Derechos Humanos (referido en mi artículo del 24 junio 2022)**. Nada le asiste en materia de pertenencia o propiedad y por consiguiente no tiene ningún derecho social, político ni económico constitucional sobre la vivienda; solo un dedo gobernante que ostenta el poder de removerlos y asignar a otra familia más conveniente a los intereses del régimen. El asignado y los cohabitantes se vigilan mutuamente entre si para que ningún integrante del grupo familiar cometa el error de sentirse «libre para votar».
Es por las razones aquí expuestas, que es imposible que una familia viviendo en esas condiciones pueda ejercer su derecho político al voto libre y secreto, así como tampoco cuentan con el derecho civil de inviolabilidad del recinto del hogar. Mientras más lo estudio y lo analizó, más seguro estoy que EL DERECHO A VIVIENDA GRATIS DEBERÍA INHABILITAR EL DERECHO A VOTAR LIBREMENTE.
*TSJ/sala constitucional/sentencia 343/06/05/2016
** Conclusión a la «carta de adjudicación de vivienda» 24 de Junio 2022