Los habitantes de la Gran Sabana y La Paragua decidieron recuperar lo que les corresponde, ante la inacción del estado que no protege sus derechos.
Por Sebastiana Barráez/infobae
Los indígenas de la Gran Sabana y La Paragua decidieron que hoy tomarán las tierras demarcadas como indígenas y que han venido siendo invadidas por grupos armados irregulares que las usan para ejercer la minería ilegal. La decisión la dejaron plasmada en un acta, luego de no haber recibido respuesta institucional alguna por parte del Estado Venezolano. Eso quedó decidido en el Acta de la Asamblea de Capitanes y Consejos de Ancianos de esas comunidades indígenas realizada el pasado domingo 21 de febrero.
Aun cuando la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela tiene artículos especialmente dirigidos a la protección de los indígenas, a sus comunidades, al respeto por sus creencias y costumbres, desde hace tiempo grupos armados han invadido sus tierras sagradas.
“Las Comunidades Indígenas del estado Bolívar han decidido retomar sus tierras demarcadas como indígenas, y el martes 23 de febrero, harán frente a los grupos armados de minería ilegal, que se encuentran invadiendo dichos territorios en San Juan de Morichal, municipio Sifontes”, dijo un vocero de los indígenas.
A su vez denuncian la inacción y complicidad de algunos funcionarios del Estado venezolano con los grupos armados que ejercen la minería ilegal en esa zona. Es por ello por lo que decidieron hacer cumplir sus derechos establecidos en la Ley de Delimitación de Tierras Indígenas y la Constitución de la República.
Con lemas como “Respeten Tierras Indígenas”, “Detengan La Minería Ilegal”, los pueblos indígenas, sus capitanes y ancianos, solicitan el respaldo de la comunidad nacional e internacional, el apoyo para presentar el caso ante la Asamblea Nacional a través de la diputación de la Alternativa Popular Revolucionaria (APR).
El acta
En el documento suscrito por los indígenas se lee “la comunidad de San Luis de Morichal se declaró en emergencia y en sesión permanente ante la flagrante invasión y violación de los derechos originarios a las tierras comunitarias perpetrados por parte de terceros no indígenas, denominados mineros ilegales, desde el 02 de enero 2021 en el sitio de El Chivao, río Chicanan, el cual dista a menos de un kilómetro de la sede de la comunidad”.
“La comunidad de San Luis de Morichal observa que la situación de invasión, ocupación ilegal y perturbación, por parte de terceros no indígenas no ha cesado, pero a la intervención y atención directa del Gobierno”.
Agregan que “la situación de amenaza de parte de los invasores ha afectado a los niños y niñas de la comunidad, psicológica y emocionalmente, lo cual ha ameritado la paralización de actividades escolares mientras persista la situación”.
Dicen que “ante la falta de respuesta por parte del gobierno, los invasores amenazan de iniciar por la fuerza las labores de minería, lo cual pudiera agravar más la situación”.
Es por ello que acordaron “la comunidad ejercerá el derecho que le asiste de proteger el hábitat y tierras ante la inminente amenaza de los invasores de iniciar las labores de minería en el sitio del Chivao, tal como un grupo de ellos ya lo está haciendo en algunos puntos”.
“Tomar las acciones y medidas necesarias para frenar cualquier intento de los invasores de iniciar trabajo de minería en sus tierras. Exigir al gobierno nacional hacer cumplir lo acordado entre las partes en la reunión interinstitucional de fecha 10/02/2021 en la comunidad de San Luis de Morichal, de cesar la invasión en lo inmediato y ubicar áreas fuera de tierras indígenas para que los invasores sean colocados y puedan ejercer la minería”, finaliza el acta.
La ley
La Constitución vigente en Venezuela estipula, por ejemplo, que “los idiomas indígenas también son de uso oficial para los pueblos indígenas y deben ser respetados en todo el territorio de la República, por constituir patrimonio cultural de la Nación y de la humanidad”.
En el apartado de los Derechos de los pueblos indígenas, dice que “el Estado reconocerá la existencia de los pueblos y comunidades indígenas, su organización social, política y económica, sus culturas, usos y costumbres, idiomas y religiones, así como su hábitat y derechos originarios sobre las tierras que ancestral y tradicionalmente ocupan y que son necesarias para desarrollar y garantizar sus formas de vida”.
En ese artículo se dice de manera expresa que “corresponderá al Ejecutivo Nacional, con la participación de los pueblos indígenas, demarcar y garantizar el derecho a la propiedad colectiva de sus tierras, las cuales serán inalienables, imprescriptibles, inembargables e intransferibles de acuerdo con lo establecido en esta Constitución y en la ley”.
Y para mayor claridad, el artículo 120 determina que “el aprovechamiento de los recursos naturales en los hábitats indígenas por parte del Estado se hará sin lesionar la integridad cultural, social y económica de los mismos e, igualmente, está sujeto a previa información y consulta a las comunidades indígenas respectivas. Los beneficios de este aprovechamiento por parte de los pueblos indígenas están sujetos a esta Constitución y a la ley”.
Y en el artículo 126 se lee que “los pueblos indígenas, como culturas de raíces ancestrales, forman parte de la Nación, del Estado y del pueblo venezolano como único, soberano e indivisible. De conformidad con esta Constitución tienen el deber de salvaguardar la integridad y la soberanía nacional. El término pueblo no podrá interpretarse en esta Constitución en el sentido que se le da en el derecho internacional”.