El Gobierno de Venezuela informó este jueves la expulsión del cónsul de Colombia en Caracas, Juan Carlos Pérez Villamizar, a quién acusó de estar ejerciendo funciones consulares “sin contar con la acreditación correspondiente” de la Cancillería venezolana.
En un comunicado, difundido por el ministro de Relaciones Exteriores Jorge Arreaza mediante Twitter, se indicia que la decisión surgió luego de que Colombia expulsara a Carlos Manuel Pino García, quien fungía como funcionario miembro del Personal de la Misión Diplomática venezolana en Bogotá.
“El Gobierno de Venezuela ha decidido, por razones de seguridad de estado y en aplicación del principio de reciprocidad, expulsar del territorio nacional al ciudadano colombiano Juan Carlos Pérez Villamizar, quien se encuentra en Venezuela ejerciendo funciones consulares sin contar con la acreditación correspondiente de la Cancillería”, manifestó el Gobierno venezolano.
A continuación el comunicado íntegro:
El Gobierno de la República Bolivariana de Venezuela informa que, en virtud del reciente secuestro por parte de las autoridades colombianas y expulsión arbitraria del ciudadano venezolano Carlos Manuel Pino García, funcionario miembro del Personal de la Misión Diplomática venezolana en Bogotá, ha decidido, por razones de seguridad de estado y en aplicación del principio de reciprocidad, expulsar del territorio nacional al ciudadano colombiano Juan Carlos Pérez Villamizar, quien se encuentra en Venezuela ejerciendo funciones consulares sin contar con la acreditación correspondiente de la Cancillería venezolana en abierta violación a las Convenciones internacionales que rigen la materia.
En ese sentido, el ciudadano Juan Carlos Pérez Villamizar dispone de un plazo de cuarenta y ocho horas para abandonar el territorio de la República Bolivariana de Venezuela.
El Gobierno de la República Bolivariana de Venezuela se permite recordar al gobierno de Colombia su obligación de respetar las convenciones internacionales a las que voluntariamente se ha suscrito, especialmente en lo relacionado con las prerrogativas que corresponden al personal de las misiones diplomáticas, procurando no estorbar indebidamente el desempeño de las funciones de la misión, como se establece expresamente en el artículo 38 de la convención de Viena sobre Relaciones Diplomáticas y asimismo cumplir con sus obligaciones en relación con sus propios agentes en funciones en el exterior.