Los usuarios en internet en Venezuela tienen más dificultades para consultar contenidos noticiosos en el entorno digital a través de servicios de conexión fija y móvil. Así se dejó sentir con los dos episodios de censura en la red que afectaron a los portales de noticias La Patilla y El Nacional durante durante 6 y 7 de junio, que se ejecutaron sin ninguna orden judicial ni ninguna explicación formal de las teleoperadoras.

Por: Instituto de Prensa y Sociedad venezolano

Estos hechos dejaron en evidencia una nueva forma de censura en internet que opera en Venezuela a través del bloqueo por HTTP, que impide dar respuesta a las solicitudes de conexión que se dirigen a los servidores donde se alojan estos sitios web. Esta forma de censura se utiliza a nivel mundial y que ahora se pone en práctica en el país. IPYS Venezuela corroboró que los dos portales estaban activos en la web, sin evidencia de censura, para el 11 de junio.

El primer hecho ocurrió el 6 de junio el portal noticioso cuando La Patilla sufrió un bloqueo por HTTP, lo cual impidió a los usuarios de Cantv, Movilnet y Movistar en varios estados del país acceder a sus contenidos web.

El monitoreo de IPYS Venezuela reveló que se trataba de un bloqueo con alcance nacional que solo afectó a los usuarios de estas operadoras privadas y estatales, debido a que se podía acceder a el portal con el resto de los proveedores web nacionales. Así lo demostraron 18 pruebas recabadas por esta organización, con la colaboración ciudadana, en 7 estados del país: Aragua, Monagas, Táchira,Sucre, Bolívar, Zulia y Distrito Capital.

Para IPYS Venezuela los bloqueos en internet son una forma de censura que no solo afecta el derecho a la información sino la libertad de recibir y consultar contenidos, que deberían tener garantizada, sin interferencias, las diferentes audiencias en el país.

La restricción contra el portal también fue denunciada por su David Morán, director de La Patilla para Ipys Venezuela, y señaló que el medio no considera que hubo algún hecho en particular que motivó este hecho de censura.

Esta medida de censura también fue corroborada a través de pruebas técnicas realizadas por el Open Observatory of Network Interference (ONNI), una organización mundial que se encarga de seguir y documentar diversas interferencias en la libertad en internet quienes informaron que se trataba de un bloqueo de HTTP, por lo cual existen fallas de conexión y de respuesta con los servidores donde están alojados este sitio web, debido a que al intentar acceder a este portal arroja “errores de tiempo de espera genéricos”, lo que podría indicar que Cantv está reseteando las conexiones y evitando el acceso de usuarios.

Para el 11 de junio, las pruebas de OONI no evidenciaban rasgos de censura, desde las conexiones de CANTV y Movistar.

 

 

Fórmula consecutiva

Un día después, el 7 de junio el portal del diario El Nacional sufrió también un bloqueo por parte de Cantv. IPYS Venezuela y OONI corroboraron la medida de censura contra el diario e informó que se trata de un bloqueo de HTTP igual que el aplicado contra La Patilla pero que solo afecta a los usuarios de CANTV.

Para el 11 de junio, los protocolos de OONI no mostraban evidencias de censura para El Nacional. El monitoreo indica que hubo un bloqueo temporal que afectó a dos portales informativos que se encuentran entre los 20 sitios web de mayor influencia en el país, de acuerdo al ranking de Alexa.

Patrón de censura

Un precedente de censura en internet durante 2018 fue corroborado IPYS Venezuela y OONI. En el mes de abril ocurrió una medida de censura que afectó a El Pitazo, mediante un bloqueo por DNS, hasta ahora el único método de censura que se había implantado en el país, y que ocasionó una restricción de acceso a la a usuarios en varios estados del país desde los proveedores Cantv, Movistar, Movilnet, Intercable y Digitel. IPYS Venezuela también tuvo evidencia de interrupciones de conexión por fallas de HTTP, al igual que ocurrió con El Nacional y La Patilla.

Con este hecho sumaron dos los episodios de censura en la red que han afectado a El Pitazo en los últimos nueve meses. Esta información fue meticulosamente corroborada mediante una jornada colaborativa desarrollada durante los días 10, 11 y 12 de abril de 2018 cuando se comprobó el el bloqueo de los dominios elpitazo.com y elpitazo.info, asociados al medio de comunicación.

Restricción indebida

A juicio de IPYS Venezuela, los bloqueo en internet representan una violación a los estándares de la libertad de expresión en Internet debido a que vulneran los principios de acceso, pluralidad y neutralidad de la red, de acuerdo a la Relatoría Especial de las Naciones Unidas, porque afecta la promoción y la protección del derecho a la libertad opinión y de expresión que están en consonancia con el artículo 13 de la Convención Americana. Incluso, afecta la libertad a recibir de las audiencias, de acuerdo a los análisis del derecho a la comunicación que ha realizado el teórico venezolano Antonio Pasquali.

La Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH), ha reiterado que “los bloqueos temporales o parciales afectan el ejercicio de los derechos humanos en línea”, al tiempo que ha enfatizado que “los gobiernos han utilizado los bloqueos de portales en internet para impedir que la población acceda a información de interés público”, lo cual constituye una medida desproporcionada e incompatible con la protección” de los DDHH.
IPYS Venezuela rechaza cualquier tipo de bloqueo o restricciones a contenidos, que puedan realizar autoridades gubernamentales, proveedores de servicios o intermediario. Además, recuerda que el Estado tiene la obligación de preservar las condiciones de Internet y promover pluralismo informativo en el país.

El peso de la condena

Estos hechos de censura fueron precedidos por una condena. No fue fortuito que estuviese involucrada la empresa de El Nacional. El martes 5 de junio se conoció que el juzgado Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, declaró con lugar la demanda por “daños morales” interpuesta por el primer vicepresidente del Partido Socialista Unido de Venezuela (Psuv), Diosdado Cabello, contra el diario El Nacional.

La sentencia, que tiene fecha del 31 de mayo de 2018, fue publicada por Pedro Carreño, presidente de la Comisión del Poder Público de la Asamblea Nacional Constituyente y representante por el Partido Socialista Unido de Venezuela, a través de su cuenta de Twitter (@PedroCarreno_e). El oficialista señaló como improcedente la apelación interpuesta por El Nacional y afirmó que el periódico cometió un daño moral, lo que lo condena a pagar una multa de Un mil millones de bolívares (1.000.000.000,00), según se estimó en 2015, pero que deben ser calculados y ajustados a por el incremento de la inflación en el país.

Miguel Henrique Otero, presidente editor del diario, informó a los medios que aún no habían sido notificados de esa sentencia, y añadió que en caso de existir el fallo contra el periódico se pagará el monto que ordene el tribunal. De acuerdo al monitoreo de IPYS Venezuela, la sentencia todavía no está disponible en la web del Tribunal Supremo de Justicia (TSJ).

“Como gente responsable, como empresa que respeta la ley y como honrados ciudadanos, acataremos lo que disponga la sentencia. Pero no renunciaremos a nuestros derechos y haremos uso de los recursos legales que nos otorga la Constitución y las leyes de la república. No vamos a rendirnos” señaló el El Nacional en su Editorial del miércoles 6 de junio.

Hace un año —cuando se conoció una sentencia similar de orden civil contra el portal web La Patilla— durante la transmisión del programa “Con el mazo dando”, Cabello se refirió a la posibilidad de una decisión similar contra El Nacional: “Usted va a ver una noticia de esta positiva en El Nazi-onal. Claro, probablemente la vea si nosotros ganamos la demanda a El Nacional que nosotros le metimos ¿verdad? que comenzarán a aparecer noticias positivas ahí en ese periódico”. Una declaración que evidencia la ausencia de las garantías del debido proceso por parte del Poder Judicial venezolano.

El 31 de mayo de 2017 el diputado Pedro Carreño también divulgó el resumen de una supuesta sentencia que falló a favor de Cabello, y obligaba al medio digital La Patilla a pagar un mil millones de bolívares, que al cambio de la tasa oficial de ese momento, representó alrededor de 500 mil dólares.

En aquel momento los representantes legales y los dueños de La Patilla, portal con sede en Caracas, consideraron que este fue un proceso irregular porque el medio no recibió información de dicha condena, de acuerdo con las consultas que hizo IPYS Venezuela.

Esta demanda complementó una acción penal por “difamación agravada continuada” que ejerció Diosdado Cabello en contra de La Patilla, El Nacional y Tal Cual, y 22 directivos de estos medios, en abril de 2015 por replicar una denuncia que daba cuenta de supuestos vínculos Cabello con negocios de narcotráfico, que fue publicada originalmente en el diario ABC de España, en enero de 2015.

Los afectados en esta querella son Miguel Enrique Otero Castillo; Ramiro Oscar Molina Ríos; Mariana Otero; Argenis Rafael Martínez Mota; José Simón Elarba Haddad; Oswaldo Karam Macia; Luis Carlos Serra Carmona; Juan Andrés Wallis Brandt; Omar José Delgado Lugo; Jorge Papatzikos Gianopulos; Vivianne De Lourdes Font Fernández; Ramón José Medina Simancas; Beatriz Cecilia De Majo De Algisi; Carmen Elena Macia Fortique; Leopoldo Eduardo López Mendoza; Teodoro Petkoff Malec; Juan Antonio Rafael Golia Amodio; Francisco Layrisse; Manuel Antonio Puyana Santander; Alberto Federico Ravell Arreaza; Isabel Cristina Ravell Nolck; David Alberto Morán Bohorquez.

Persecución judicial

Entre 2014 y 2017 el Instituto Prensa y Sociedad de Venezuela contabilizó 34 acciones judiciales en contra de periodistas, medios de comunicación, activistas de DDHH y ciudadanos. Los más afectados por estas medidas fueron medios impresos, que acumularon 22 casos. Además, estas demandas han sido ejercidas en su mayoría por funcionarios públicos y contratistas del Estado.

Esta organización exhorta a los órganos de justicia a respetar el debido proceso y las garantías jurídicas referidas en la Constitución Nacional, así como los estándares internacionales de libertad de expresión que prohíben las penas excesivas contra medios de comunicación. Sentencias como estas solo vulneran el libre ejercicio del periodismo, debido a que están siendo castigadas la labores de investigación y divulgación de temas de interés público en el país.

VÍA LA PATILLA.

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