El Tribunal Supremo de Justicia de Venezuela prohibió la publicación de imágenes con contenido sexual implícito y explícito en los medios impresos, digitales y por suscripción que puedan terminar en manos de niños y adolescentes.
El organismo indicó en un comunicado divulgado el miércoles que la Sala Constitucional declaró con lugar un amparo solicitado por dos mujeres en contra de las supuestas «publicaciones pornográficas» del semanario deportivo El Heraldo, del Grupo Editorial 6° Poder.
En consecuencia prohibió a ese medio publicar cualquier ejemplar del semanario impreso o digital y aun por suscripción privada o anuncios publicitarios que tengan contenido sexual explícito o implícito.
La sentencia se extendió a todas las publicaciones semejantes, se informó. También fue prohibida cualquier publicación que remita a direcciones electrónicas que puedan ser consultadas libremente por niños y adolescentes. No quedó claro si la sentencia incluye a las revistas y otras publicaciones extranjeras de contenido sexual.
El Tribunal exhortó al Ministerio de Comunicación e Información y a CONATEL, el órgano regulador de telecomunicaciones en Venezuela, a buscar y cancelar las direcciones electrónicas de contenido pornográfico publicadas en los referidos medios.
Voceros del Grupo Editorial 6° Poder no estuvieron disponibles de inmediato para un comentario.
La Sala Constitucional remitió además la decisión a la Fiscalía General para que inicie una investigación con miras a determinar si la difusión impresa o digital del semanario El Heraldo y de otras publicaciones del Grupo 6° Poder se incurrió en algún delito o falta que pudiera ofender a las mujeres.
Vía Panorama.com